Jaque a las empresas de alarmas: Consumo regulará la «publicidad del miedo» y exigirá que los anuncios incluyan estadísticas reales

De esta manera, se tratará de combatir los mensajes manipuladores habituales en este tipo de publicidades y evitar anuncios que generen pánico.

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El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, ha presentado el anteproyecto de la Ley de Consumo Sostenible, que será aprobado en el Consejo de Ministros el 1 de julio y luego remitido a las Cortes. La reforma prohibirá la llamada “publicidad del miedo”, impidiendo mensajes que generen ansiedad o pánico sin respaldo cuantitativo, especialmente en anuncios de seguridad o alarmas. Además, impondrá transparencia en casos de reduflación y vetará la promoción de combustibles fósiles.

La nueva ley exige que cualquier anuncio que recurra al riesgo o peligro incluya información estadística visible y contextualizada sobre la frecuencia o impacto real del suceso. Por ejemplo, frente a los mensajes alarmistas de empresas de alarmas, se deberán mostrar cifras reales, como que en 2024 apenas 16.000 denuncias por okupación se registraron entre 26,9 millones de viviendas.

También combatirán la “reduflación”: si la cantidad del producto disminuye manteniendo el precio, deberá informarse claramente en el punto de venta durante al menos 90 días, según modifica la Ley General de Consumidores. Esta medida protege al consumidor frente a subidas ocultas de precio por envases menos generosos.

Entre otras medidas, la ley prohibirá la publicidad de combustibles fósiles emitida por empresas del carbón y petróleo, y restringirá las afirmaciones medioambientales genéricas, como “ecológico” o “respetuoso con el clima”, sin certificación. Además, se impulsan reformas para fomentar la reparación: garantía ampliada de cuatro años tras reparar y creación de una plataforma pública para acceder a servicios y recambios asequibles.

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